Principal

Diario YA


 

NORMATIVA

Las multas de tráfico no pueden impedir obtener el certificado de no tener deudas tributarias

Noticias relacionadas

Las multas de tráfico no pueden impedir obtener el certificado de no tener deudas tributarias
 
De un tiempo a esta parte, se viene detectando que algunas Administraciones Públicas obligan a empresas privadas a pagar las multas de tráfico pendientes de cobro, para obtener un certificado de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias, forzando de esta manera, el pago de las sanciones para que, a cambio pueda emitirse el citado certificado.

Según la Ley General de Tributos, en su artículo 43, se dice que los responsables subsidiarios de la deuda tributaria, son las siguientes personas o entidades: “las personas o entidades que contraten o subcontraten la ejecución de obras o la prestación de servicios correspondientes a su actividad económica principal, por la obligaciones tributarias relativas a tributos que deban repercutirse o cantidades que deban retenerse a trabajadores, profesionales u otros empresarios, en la parte que corresponda a las obras o servicios objeto de la contratación o subcontratación.

La responsabilidad prevista en el párrafo anterior, no será exigible cuando el contratista o subcontratista haya aportado al pagador un certificado específico de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, emitido a estos efectos por la Administración tributaria durante los 12 meses anteriores al pago de cada factura, correspondiente a la contratación o subcontratación”.

En este caso que comentamos, parece ser que se confunden los conceptos de tributos y multas. Un deber es contribuir y, como tal, los tributos son obligaciones, pero una multa es una sanción administrativa por una supuesta infracción, con el derecho a ser recurrida, por lo que no se puede confundir con una obligación tributaria. Por ello, alertamos sobre esta situación y recordamos que las empresas o personas afectadas, pueden solicitar el certificado citado a pesar de tener expedientes administrativos por multas de tráfico y, ante una situación de abuso de autoridad, si son obligados al pago, deberán presentar las oportunas reclamaciones.  

Etiquetas:motornormativa